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Beneficio de educación formal a los hijos de los servidores públicos nombrados en provisionalidad y de libre nombramiento y remoción.

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Las entidades deben desarrollar programas de bienestar tales como la financiación de la educación formal a empleados públicos de carrera, libre nombramiento y remoción y  a provisionales; igualmente, a los hijos de éstos, previa la verificación de los condicionantes señalados en el Decreto 1083 de 2015

Fecha de expedición de la norma
2019
Tema
ama a bogota
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