"(...) La Dirección de Gestión del Talento Humano respondió al hallazgo que el acto administrativo se proyectó conforme lo ordena el Decreto 118 de 2018, sin embargo el Código de Integridad se ha socializado entre los servidores de la entidad y otros grupos de valor con los cuales interactúa la Empresa Social del Estado, entre los cita a los contratistas vinculados mediante Orden de Prestación de Servicios, personal en formación y personas jurídicas.
Conforme con lo anterior y dado que el acto administrativo citado (Resolución Nro. 0152 de febrero 15 de 2019), dio cumplimiento al Decreto Nro. 118 de febrero 27 de 2018, se solicita de manera respetuosa emitir concepto jurídico; si el mismo cumple al haber citado servidor público y no colaborador.”
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Recurso
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Fecha de expedición de la norma
2020
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