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Una persona que ya cuenta con un contrato por Orden de Prestación de Servicios y se encuentra desempeñando un empleo de planta de cuatro (4) horas en provisionalidad, por tanto procedería realizar nombramiento en otro empleo provisional de cuatro (4) horas adicional al que ya desempeña? ¿En el caso que fuera procedente realizar otro nombramiento en provisionalidad, tendría que renunciar al contrato por Orden de Prestación de Servicios con el que cuenta actualmente?
Fecha de expedición de la norma
2021