Cocepto sobre el derecho a prima semestral

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Segun el derecho al pago de la prima de servicios proporcional contemplados en el Decreto Ley 1042 de 1978, decreto 2351 de 2014 y Decreto 2278 de 2018.En el Distrito de Bogotá la llaman prima semestral y dicen que si se ingresa por ejemplo en septiembre no se tiene derecho, mi pregunta es como unos decretos puede estar por encima de la ley, es decir no tengo derecho a la prima de servicios que otorga la ley 100? Adicional la ratifica la ley 1042 de 1978 por tiempo laborado? Es decir, de tener derecho a la prima de servicios proporcional como decirle a la entidad que esto es un derecho adquirido por ley?

Fecha de expedición de la norma
2021
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