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Recurso
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Teniendo en cuenta lo anterior, solicitamos respuesta a los siguientes planteamientos:
1. ¿Cómo se debe aplicar el decreto para los servidores que traían una antigüedad en otras entidades
distritales, con anterioridad a la entrada en vigencia del decreto?
2. Si un servidor público ingresó al Instituto el 01 de octubre de 2018 y traía una antigüedad con la
Secretaria Distrital de Hacienda desde el 2009 hasta el 2018, sin solución de continuidad. ¿Qué
porcentaje se debe aplicar el 3% o el 5 %?
Fecha de expedición de la norma
2022
Tema
Sub Tema
Adjunto

