Una funcionaria estuvo vinculada a entidad del Distrito el 3 de agosto de 2016 hasta el 12 de enero de 2020. Luego, se vinculó nuevamente a la misma entidad desde el 21 de enero de 2020 al 1 de marzo de 2020. Posteriormente, el 2 de marzo de 2020 se vinculó a la otra entidad el distrito diferente.A dicha funcionaria en la liquidación de prestaciones sociales efectuada por la la entidad a la que estuvo viculada en los periodos del 3-08-2016 hasta 12-01-2020 y luego desde el 21-01-2020 al 1-03-2020, no le fue reconocida y pagada la proporción de la bonificación por servicios prestados por el periodo efectivamente trabajado en esa entidad.Por lo anterior, solicito su colaboración para indicarnos si es procedente que la entidad distrital en la que estoy vinculado desde el 2-03-2020 reconozca y pague la bonificación por servicios prestados por el año completo dada la no solución de continuidad, lo anterior teniendo en cuenta que dicha funcionaria solo lleva 6 meses de vinculación a la entidad.
fecha_publicacion
Recurso
Enlace externo
Fecha de expedición de la norma
2020
Tema