Concepto sobre el pago de la bonificación por servicios

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1. Para las entidades distritales es aplicable lo establecido en los artículos 2° y 4° del Decreto 2418 de 2015 2. La figura de "Sin solución de continuidad" en el pago de la bonificación por servicios se sigue aplicando para las entidades del distrito. 3. El pago de la bonificación por servicios se pagara al empleado público cada vez que cumpla 1 año continuo de labor en una misma entidad pública. 4. Un funcionario que ingreso a la entidad el 01 de octubre de 2019 cumple su año de servicios el 30 de septiembre de 2020, ¿Cuándo se le debe pagar la bonificación por servicios, en la nómina de septiembre o en la nómina de octubre?

Fecha de expedición de la norma
2020
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