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Actualmente la entidad tiene un funcionario hombre en provisionalidad que se encuentra a dos meses de cumplir los 70 años edad de retiro forzoso, y para la fecha tiene 1.100 semanas de cotización al fondo de pensiones Colpensiones.
Consulta:
1. ¿Al cumplir los 70 años el funcionario, la entidad debe retirarlo del servicio como lo dice la ley? o por el contrario se debe dejar vinculado esperando que cotice 200 semanas más (4 años) para que cumpla las 1.300 semanas mínimas exigidas por Colpensiones?
2. En cualquiera de los dos casos anteriores como decisión a tomar, ¿cuál sería el argumento jurídico para aplicar la decisión del momento?”
Fecha de expedición de la norma
2020
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