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Concepto sobre el reintegro de salarios pagados en vigencia de sanción disciplinaria

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1. ¿De conformidad con los presupuestos legales y jurisprudenciales, el reconocimiento y pago de los salarios y prestaciones sociales en vigencia de una sanción disciplinaria de destitución e inhabilidad general configura el pago de lo no debido por parte de la administración pese a que hubo la efectiva prestación del servicio por parte del empleado público?2. ¿De conformidad con los presupuestos legales y jurisprudenciales, el pago de salarios y prestaciones sociales en vigencia de una sanción disciplinaria de destitución e inhabilidad general, son constitutivos de enriquecimiento sin causa del empleado público pese a que hubo la efectiva prestación del servicio de su parte?3. ¿Es procedente requerir el reintegro de los salarios y prestaciones sociales pagados a una empleada pública que se encontraba inhabilitada para desempeñar cargos públicos y que no había sido retirada del servicio?4. ¿En qué casos resulta procedente requerir el reintegro de lo pagado o efectuar la deducción de los salarios y prestaciones sociales a un empleado público?

Fecha de expedición de la norma
2021
ama a bogota
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