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Una persona que superó concurso de mérito fue nombrada en periodo de prueba, y consult sobre la procedencia de que pueda ser trasladada a la entidad territorial con la cual venia laborando en un cargo de Profesional Universitario, código 219, grado 01; toda vez que su jefe inmediato le informa que con ocasión a su incorporación con la entidad no se le autoriza la modalidad de trabajo en casa, por necesidad en el servicio, sin tener en cuenta que las funciones en que se desempeña pueden cumplirse bajo esta modalidad y, que además su entorno familiar lo requiere puesto que su esposo tiene diagnosticado una cardiopatía, es cuidadora de su madre adulto mayor que presenta una arritmia cardiaca, diabética y sobrepeso, y de dos menores de edad.
Fecha de expedición de la norma
2021
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