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Es viable que la Secretaría de Gobierno efectúe la reubicación de los Inspectores de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría, Código 233 Grado 23 que ocupan empleos de carácter temporal, para desempeñar sus funciones en las Alcaldías Locales de la ciudad, por el tiempo que estime conveniente, adecuando así su capacidad operativa para atender los requerimientos de la ciudadanía y cumplir los planes y programas institucionales; en todo caso, la entidad debe garantizar a los empleados que dicha situación no implique condiciones laborales menos favorables para ellos.
Fecha de expedición de la norma
2018
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