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Incremento salarial después de 180 días de incapacidad.

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Un funcionario que cumplió la máxima incapacidad legal, es decir 180 días de incapacidad ¿tiene derecho a los incrementos salariales establecidos para los empleados públicos estipulados en cada una de las vigencias, durante las cuales dure el pago de la prestación económica a cargo del fondo de pensiones o ARL según sea el caso, teniendo en cuenta que continua activo en la planta de personal?

Fecha de expedición de la norma
2019
Sub Tema
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