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Liquidación y pago de vacaciones.

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Sin perjuicio de las necesidades del servicio, el nominador debe proceder a conceder el disfrute de las vacaciones en los términos que fueron solicitadas y así mismo, liquidar y ordenar el pago de todos los periodos a disfrutar, en su cuantía total.

Fecha de expedición de la norma
2017
Sub Tema
ama a bogota
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