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Si el cargo que desempeña un Funcionario en calidad de encargado, se encuentra vacante, es viable el reconocimiento de la prima técnica, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos para dicho reconocimiento por la entidad de origen; además, se debe tener en cuenta que la prima técnica no se reconoce de oficio, si no a solicitud de parte.
Fecha de expedición de la norma
2008
Tema
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