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El reconocimiento del elemento salarial denominado como prima de antigiiedad, se ha venido reconociendo tanto en el Instituto Distrital de Cultura y Turismo, como en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, preservando las condiciones en que se haya hecho el reconocimiento en mención, conforme lo han preceptuado los Acuerdos de Junta Directiva 07 de 1998 y 03 de 2002, y el Decreto Distrital 559 de 2006, modificado porel Decreto Distrital 195 de 2008.
Fecha de expedición de la norma
2019
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