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El sistema de cesantías con retroactividad lo conserva el servidor hasta tanto se perfeccione el hecho causal del amparo prestación, es decir, el retiro del servicio por terminación de la relación laboral, legal y reglamentaria o por la solicitud voluntaria de cambio de sistema de cesantías al de liquidación anual y definitiva.
Fecha de expedición de la norma
2013
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