Requisitos para el reconocimiento de la prima técnica.
¿Los cursos y los diplomados pueden ser tenidos en cuenta para el reconocimiento de la prima técnica?
¿Los cursos y los diplomados pueden ser tenidos en cuenta para el reconocimiento de la prima técnica?
Si no se acreditan los requisitos exigidos en los Decretos 320 de 1995 y 243 de 1999, no habrá lugar a tener en consideración las capacitaciones que se realicen para el reconocimiento o reajuste de la prima técnica.
Viabilidad del reajuste de la prima técnica por capacitación.
El artículo 2 del Decreto N° 320 de 1995, regula los factores y porcentajes para el reconocimiento y pago de la prima técnica en los diferentes niveles, por formación universitaria, capacitación y experiencia. Esta prima se reconoce a partir del día en que sea solicitada en la entidad a la cual se presta el servicio.
De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 2° del Decreto 243 de 1999, el porcentaje de prima técnica podrá ser incrementado en 0 5% por cada 40 horas cursadas, cuando se compruebe la intensidad horaria y se especifique que se cursó y aprobó el respectivo diplomado o curso.
Está vigente la aplicación de la Ley 1661 de 1991 y el Decreto Reglamentario 2164 de 1991, para la regulación de la pnma técnica en las entidades descentralizadas del orden distntal
PRIMA TECNICA EMPLEO PROFESIONAL ESPECIALIZADO FONCEP
En atención a la situación presentada con unos funcionarios de la Unidades de Apoyo Normativo que ocupan cargos de libre nombramiento y remoción y para efectos de contar con una línea jurídica sobre el particular, comedidamente le solicito se sirva conceptuar en consideración a la siguiente información
1. Los funcionarios que pertenecen a la Unidades de Apoyo Normativo de los Honorables Concejales ratificados por el periodo constitucional 2020-2023, se nombraron y posesionaron nuevamente en el mes de enero de 2020 en el mismo cargo que venían desempeñando, con efectos legales y fiscales a partir del momento de la posesión, con el carácter de libre nombramiento
2. Estos funcionarios no se presentaron interrupción laboral ni acto administrativo de retiro
3. Los funcionarios del nivel Asesor y Profesional tenían reconocida Prima Técnica de conformidad con los lineamientos establecidos con la normatividad vigente
Petición
¿A los funcionarios enunciados se les debe liquidar y reconocer nuevamente la prima técnica?
"(...) la Directora General de la entidad distrital, nombrada mediante Decreto No 005 de 2020 y posesionada mediante Acta No 044 del mismo año, solicita el reconocimiento de la Prima Técnica a que tiene derecho"
¿Cuáles son los acuerdos y decretos del concejo Distrital y de la Alcaldía Mayor de Bogotá mediante los cuales fue creada la prima técnica para los empleados del orden distrital?
¿Dicho emolumento constituye salario para los empleados del orden Distrital? Teniendo en cuenta que los aportes que tanto empleador como empleado realizan al sistema de seguridad social (pensión, salud y riesgos laborales) se hacen computando el valor de esta prima técnica teniendo en cuenta que dicha prima se paga mes a mes y en mi caso durante 25 años laborados