Aplicación Decreto 1800 del 2019

Concepto respecto a la aplicación del Decreto 1800 de 2019

En relación con las disposiciones adicionadas por el Decreto 1800 de 2019 al Decreto 1083 de 2015, en concreto el capítulo 4 Actualización de las plantas de empleo: ¿La entidades deben dar aplicabilidad en todo o en parte de las disposiciones normativas contenidas en el Capítulo 4, Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015 adicionado por el Decreto 1800 de 2019?2. Si la respuesta al punto anterior es que la Entidad debe dar cumplimiento en parte a las disposiciones normativas contenidas en el Capítulo 4, Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015 adicionado por el Decreto 1800 de 2019, se solicita indicar de manera concreta a cuáles artículos se refiere.3. ¿Las entidades distritales debe dar cumplimiento al artículo 2.2.1.4.2. y siguientes del Decreto 1083 de 2015 adicionado por el Decreto 1800 de 2019 en lo relacionado con la creación de la Mesa "Por el empleo público, la actualización/ampliación de las plantas de empleo, la reducción de los contratos de prestación de servicios y garantizar el trabajo digno y decente"?4. En el artículo 2.2.1.4.3. del Decreto 1083 de 2015 adicionado por el Decreto 1800 de 2019 donde trata de objeto de la mesa, indica que se identificará en las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del orden nacional que presentan un número significativo de contratos de prestación de servicios. ¿Esto se refiere a que solo es aplicable a las entidades del orden Nacional o el mismo es aplicable a las entidades del orden territorial?

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