encargo y comisión de servicios
Aplicación de la figura de comisión de servicios a servidor público en encargo
Aplicación de la figura de comisión de servicios a servidor público en encargo
Comisión de servicios periodo de prueba
PROCEDIMIENTO PARA REINTEGRO COMISIÓN DE SERVICIOS
Los funcionarios y empleados distritales que presten servicios en las localidades serán de libre nombramiento y remoción.
Los funcionarios de carrera administrativa podrán realizar esos servicios en la localidades en comisión o delegación.
Tanto el encargo como la comisión de servicios son situaciones administrativas que no son incompatibles entre sí, siempre y cuando el encargo se de primero que la comisión de servicios.
Tanto el encargo como la comisión de servicios son situaciones administrativas que no son incompatibles entre sí, siempre y cuando el encargo se de primero que la comisión de servicios.
En torno a la próxima culminación y formalización de los estudios técnicos que soportan la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología, y la limitada disposición de recursos para atender los asuntos públicos, en especial las necesidades de personal, se presentan las siguientes inquietudes:1. Si los estudios de capacidad administrativa, especialmente las cargas de trabajo, demuestran que se requiere una planta de empleos mucho más amplia a la que la capacidad presupuestal del Distrito o de la entidad puede sostener; ¿es posible adoptar una planta global, con mayor número de empleos a la que el presupuesto aprobado puede sostener, y proveer la totalidad de la planta de forma escalonada, en la medida que se disponga de nuevos recursos?2. ¿Se puede utilizar la figura de comisión de servicios para disponer personal de otras entidades en otra entidad (nueva entidad) y así atender las necesidades del servicio?
En torno a la próxima culminación y formalización de los estudios técnicos que soportan la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología, y la limitada disposición de recursos para atender los asuntos públicos, en especial las necesidades de personal, se presentan las siguientes inquietudes:1. Si los estudios de capacidad administrativa, especialmente las cargas de trabajo, demuestran que se requiere una planta de empleos mucho más amplia a la que la capacidad presupuestal del Distrito o de la entidad puede sostener; ¿es posible adoptar una planta global, con mayor número de empleos a la que el presupuesto aprobado puede sostener, y proveer la totalidad de la planta de forma escalonada, en la medida que se disponga de nuevos recursos?2. ¿Se puede utilizar la figura de comisión de servicios para disponer personal de otras entidades en otra entidad (nueva entidad) y así atender las necesidades del servicio?