Estamos renovando nuestro sitio si deseas entrar a la version anterior ingresa aquí

Teletrabajo

Diferencia entre Teletrabajo y traslado o permuta.

La implementación de la modalidad laboral del teletrabajo, es procedente en el sector público y ya se han adoptado directrices a nivel distrital para que se realicen pruebas piloto, en las que se establezcan las condiciones en que se va a desarrollar ésta forma de trabajo, como seleccionar a los beneficiados del mismo y los criterios que regularán relaciones entre las partes.

Teletrabajo, trabajo en casa por Covid – 19

Dado el marco jurídico emanado por la Emergencia sanitaria, y teniendo en cuenta que la función operativa no puede ser realizada desde la casa, solicito su concepto al respecto. sí legalmente podemos continuar nuestras funciones normalmente, dado que nuestras capacidades físicas y medicas son acordes con el trabajo, o por el contrario estamos obligados a aceptar el teletrabajo, con la consiguiente disminución salarial?

Teletrabajo, trabajo en casa por Covid – 19

Dado el marco jurídico emanado por la Emergencia sanitaria, y teniendo en cuenta que la función operativa no puede ser realizada desde la casa, solicito su concepto al respecto. sí legalmente podemos continuar nuestras funciones normalmente, dado que nuestras capacidades físicas y medicas son acordes con el trabajo, o por el contrario estamos obligados a aceptar el teletrabajo, con la consiguiente disminución salarial?

oncepto sobre teletrabajo, horas extras, compensatorios profesionales salud.

1. ¿Cuándo un profesional de la salud (funcionario o contratista) está en teletrabajo extraordinario debe recibir el mismo salario que recibía?, ¿es decir, pese a la no necesidad de otorgar horas extras y dominicales, es imperativo que la entidad los siga pagando de no existir la necesidad del teletrabajo en horarios extraordinarios (Noches, domingos y festivos)? De ser obligatorio mantener el promedio de compensación económica al funcionario o contratista, la entidad no estaría incurriendo en detrimento patrimonial (contraloría), ¿en aras de preservar la estabilidad económica de sus colaboradores?
2. Para aquellos funcionarios y contratistas que solicitan trabajo extraordinario por sus enfermedades, el cual se les concede, pero para no ver sus ingresos afectados (dado que no recibieron horas extras o dominicales) deciden no hacer teletrabajo, surgen los siguientes interrogantes:
¿Se puede imponer el teletrabajo, en aras de proteger el derecho a la salud y a la vida? Si el profesional de la salud decide seguir trabajando y no existe obligatoriedad de realizar el teletrabajo extraordinario, se puede documentar esta situación por medio de acta (suscribir acta donde el trabajador o contratista decide no acepta el teletrabajo extraordinario, ¿a efectos de tener pruebas de responsabilidad frente a la ARL)? Si no se puede imponer el teletrabajo extraordinario una vez conocidas las situaciones médicas del funcionario o contratista, ¿cuál sería la responsabilidad de la entidad, ante el riesgo por el Covid-19? el riesgo sería responsabilidad de la ARL en ese momento?”

oncepto sobre teletrabajo, horas extras, compensatorios profesionales salud.

1. ¿Cuándo un profesional de la salud (funcionario o contratista) está en teletrabajo extraordinario debe recibir el mismo salario que recibía?, ¿es decir, pese a la no necesidad de otorgar horas extras y dominicales, es imperativo que la entidad los siga pagando de no existir la necesidad del teletrabajo en horarios extraordinarios (Noches, domingos y festivos)? De ser obligatorio mantener el promedio de compensación económica al funcionario o contratista, la entidad no estaría incurriendo en detrimento patrimonial (contraloría), ¿en aras de preservar la estabilidad económica de sus colaboradores?
2. Para aquellos funcionarios y contratistas que solicitan trabajo extraordinario por sus enfermedades, el cual se les concede, pero para no ver sus ingresos afectados (dado que no recibieron horas extras o dominicales) deciden no hacer teletrabajo, surgen los siguientes interrogantes:
¿Se puede imponer el teletrabajo, en aras de proteger el derecho a la salud y a la vida? Si el profesional de la salud decide seguir trabajando y no existe obligatoriedad de realizar el teletrabajo extraordinario, se puede documentar esta situación por medio de acta (suscribir acta donde el trabajador o contratista decide no acepta el teletrabajo extraordinario, ¿a efectos de tener pruebas de responsabilidad frente a la ARL)? Si no se puede imponer el teletrabajo extraordinario una vez conocidas las situaciones médicas del funcionario o contratista, ¿cuál sería la responsabilidad de la entidad, ante el riesgo por el Covid-19? el riesgo sería responsabilidad de la ARL en ese momento?”

Concepto sobre teletrabajo

Funcionario con 65 años de edad, considerada como persona especialmente vulnerable ante el covid-19, deCarrera Administrativa con más de 30 años de labor. Esta realizando trabajo en casa, pero como el aislamiento ya no es obligatorio, la jefe inmediata le informa que la labor es operativa y que debe reintegrarse a la Oficina, la cual queda a una hora y media de su residencia en un trayecto y debe tomar transporte público siendo este el de más alta posibilidad de contagio de covid-19, por el horario con mucha dificultad de distanciamiento físico. tiene profesión Abogado y puede realizar las funciones desde casa. Durante este tiempo pudo realizar su labor con la Jefe anterior sin ningún inconveniente. De igual manera vive con su pareja que que tiene enfermedades como hipertensión, corazón y tratamiento con siquiatria que requiere de atención.Pregunta, puedo postularme para el teletrabajo o si puedo continuar con trabajo en casa que es transitorio esperando que pueda salir una vacuna?

Concepto sobre teletrabajo

Funcionario con 65 años de edad, considerada como persona especialmente vulnerable ante el covid-19, deCarrera Administrativa con más de 30 años de labor. Esta realizando trabajo en casa, pero como el aislamiento ya no es obligatorio, la jefe inmediata le informa que la labor es operativa y que debe reintegrarse a la Oficina, la cual queda a una hora y media de su residencia en un trayecto y debe tomar transporte público siendo este el de más alta posibilidad de contagio de covid-19, por el horario con mucha dificultad de distanciamiento físico. tiene profesión Abogado y puede realizar las funciones desde casa. Durante este tiempo pudo realizar su labor con la Jefe anterior sin ningún inconveniente. De igual manera vive con su pareja que que tiene enfermedades como hipertensión, corazón y tratamiento con siquiatria que requiere de atención.Pregunta, puedo postularme para el teletrabajo o si puedo continuar con trabajo en casa que es transitorio esperando que pueda salir una vacuna?

ama a bogota
Logo Gov.co
Logo marca pais Colombia