RECONOCIMIENTO POR PERMANENCIA
Viabilidad del Reconocimiento por permanencia
Un funcionario ha laborado desde el 12 de enero de 2010, a la fecha se le ha reconocido 2/5 de las que tiene derecho hasta el año 2017. En este momento tiene un nombramiento en periodo de prueba que va hasta el 17 de enero de 2018, quedando pendiente por cancelar lo causado de 3/5. Igualmente, tiene causados 2 años más, ¿este periodo de tiempo se perdería? ¿O se acumula en la nueva entidad donde está en periodo de prueba?
Naturaleza Jurídica del Reconocimiento por permanencia
¿Cuál es la naturaleza jurídica del reconocimiento por permanencia; es factor salarial o prestacional?
Reconocimiento por permanencia y comisión.
¿Cuál es el tratamiento para determinar la continuidad del vinculo laboral de un empleado que se traslada en comisión a otra Entidad, para desempeñar empleos de libre nombramiento y remoción o de período, que no se encuentra incluida en el campo de aplicación reconocimiento por permanencia bien sea del nivel distrital o nacional?
Reconocimiento por permanencia - causación, liquidación y pago.
Causación, liquidación y pago del reconocimiento por permanencia.
Reconocimiento por permanencia en comisión
Reconocimiento por permanencia a servidores públicos en comisión.
Liquidación y pago del reconocimiento por permanencia
Causación, liquidación y pago del reconocimiento por permanencia cuando se ha concedido licencia no remunerada.
Reconocimiento por permanencia y Licencia no remunerada
La licencia no remunerada no da lugar a la pérdida del reconocimiento por permanencia pero genera para el servidor público el deber de compensar el tiempo de la licencia para completar los 5 años de servicios.
Reconocimiento por permanencia y cambio de cargo
¿Existe el cruce y acumulación de prestaciones sociales (reconocimiento por permanencia, prima técnica, prima antigüedad) cuando un funcionario de carrera del Disitrito pasa al nivel nacional?
Reconocimiento por permanencia en comisión.
Cuando un funcionario causa el derecho al reconocimiento por permanencia en una entidad y en virtud de una comisión de servicios cambia de entidad, ¿a quién le corresponde hacer el reconocimiento y pago?
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