Declaratoria de insubsistencia a Funcionario del Concejo de Bogotá.
Declaratoria de insubsistencia del cargo de libre nombramiento y remoción de funcionario de la Unidad de Apoyo Normativo del Concejo de Bogotá D.C.
Declaratoria de insubsistencia del cargo de libre nombramiento y remoción de funcionario de la Unidad de Apoyo Normativo del Concejo de Bogotá D.C.
La facultad discrecional de declarar la insubsistencia de un funcionario de libre nombramiento y remoción no es absoluta y, con el ánimo de prevenir el daño antijurídico, la entidad pública debe considerar las condiciones particulares de cada persona para evitar que la desvinculación del adulto mayor implique un perjuicio a sus derechos fundamentales, especialmente el derecho al mínimo vital.
Declaratoria de insubsistencia de nombramiento de empleados de libre nombramiento y remoción que desempeñan empleos incorporados a la nueva planta de la Subred Sur Occidente.
¿Es viable declarar la insubsistencia de nombramiento de empleado de libre nombramiento y remoción que adquirió los requisitos para obtener pensión de vejez?
El nominador tiene la plena facultad de declarar la insubsistencia en cualquier momento y tiempo de los cargos de libre nombramiento y remoción justamente por la naturaleza de tales cargos y ante ello no se pueden oponer circunstancias derivadas del reten social.
Posibilidad de declarar insubsistente el nombramiento provisional de un conductor por suspensión de la licencia de conducción, o debe ubicarse en cargo con sueldo similar en el que no se requiera dicha licencia.
Cuando la entidad procede a modificar la planta de empleos ya sea por necesidades del servicio o por razones de la modernización de la misma y de ella se deriva la creación o supresión de cargos de libre nombramiento y remoción o de carrera administrativa deberá previamente, acreditar las justificaciones o estudios técnicos que lo demuestren.
Pago por el tiempo laborado posterior a la insubsistencia.
¿Es viable comunicar en ley de garantías un acto administrativo de insubsistencia en un empleo de libre nombramiento y remoción, proferido el 3 de noviembre de 2017, el cual no fue posible comunicar a la funcionaria por cuanto se encontraba incapacitada desde el mismo 3 de noviembre, día en que se emitió la resolución, hasta el 10 de noviembre de 2017?.
Tengo 60 años, laboro hace 10 años en una entidad del Distrito, en el cargo de conductor de LNR, resulta que la profesional de talento humano me informa que me iban a declarar insubsistente porque el colegio en el cual yo termine mi bachillerato hace 40 años, no figura en las bases de datos de la Secretaria Distrital de Educación.
El manual de funciones de la empresa exige para ocupar el empleo de conductor unicamente grado 9o y experiencia y yo tengo 32 años de experiencia.
Yo estoy haciendo mis averiguaciones al respecto, pero teniendo en cuenta que el colegio donde hice hasta grado noveno si figura correctamente.
¿Quisiera saber si por esta razón la empresa me podría declarar insubsistente?