Madre Cabeza de Familia
Protección Especial a la mujer madre cabeza de familia.
Protección Especial a la mujer madre cabeza de familia.
¿Es posible el retiro voluntario previa indemnización de la madre cabeza de familia, por el hecho no haber sido informada formalmente sobre su inclusión en el retén social?
Me presenté en el concurso de Méritos de la Secretaría de Educación No. 427-2016 en el OPEC 32044 Nivel Asistencial código de empleo 440, grado 17 denominación secretaria, teniendo en cuenta que actualmente me encuentro laborando como PROVISIONAL en la misma Entidad desde junio de 2015; teniendo en cuenta lo antenor, quisiera saber que sucederá luego de los nombramientos en firme, dado que según el proceso en la calificación de las pruebas de competencias básicas y funcionales el resultado arroja que no continúo en concurso, y soy madre cabeza de familia con hijo discapacitado como lo demuestran los documentos adjuntos.
Para tener la condición de madre o padre cabeza de familia, debe probarse que tiene a cargo la responsabilidad de hijos menores o de otras personas incapacitadas para trabajar; que esa responsabilidad sea de carácter permanente; no sólo la ausencia permanente o abandono del hogar por parte de la pareja, sino que aquélla se sustraiga del cumplimiento de sus obligaciones como padre; o bien que la pareja no asuma la responsabilidad que le corresponde y ello obedezca a un motivo verdaderamente poderoso como la incapacidad física, sensorial, síquica o mental o por la muerte; por último, que haya una deficiencia sustancial de ayuda de los demás miembros de la familia, lo cual significa la responsabilidad solitaria de la madre para sostener el hogar.
Para llevar a cabo un encargo en el nivel asistencial de una persona que ostenta la calidad de madre cabeza de familia, ¿puede omitirse la convocatoria interna para proveer el cargo vacante?
Estabilidad laboral reforzada para un funcionario - padre cabeza de hogar - quien no aprobó un proceso de selección para la provisión de un empleo del sistema de carrera administrativa.
"Soy madre soltera, tengo un hijo de 20 años el cual está estudiando y depende de mí, vivo con mi madre quien también depende de mi ella no trabajo nunca tiene 70 años, el padre de mi hijo no le a (sic) colaborado nunca y nunca hemos convivido, no sé ni donde vive en este momento
Todos los gastos y pagos dependen de mí y son mi responsabilidad"
Mi pregunta es
Puedo aplicar a un retén por Madre cabeza de familia"
“(…) Viabilidad y aplicabilidad de la estabilidad laboral reforzada a favor de una madre cabeza de hogar en una entidad pública Distrital”