RECONOCIMIENTO POR PERMANENCIA
PRIMA SEMESTRAL O PRIMA DE SERVICIOS Y RECONOCIMIENTO POR PERMANENCIA
Compatibilidad entre prima semestral del Acuerdo 25 de 1990 con la prima de servicios del Dec. 2351 de 2014
Oportunidad para el pago de reconocimiento por permanencia
reconocimiento de permanencia
funcionaria solicita concepto de reconocimiento de permanencia
Reconocimiento por permanencia, prima de antigüedad y reconocimiento por coordinación en el Instituto para la Economía Social - IPES.
El reconocimiento por permanencia es aplicable a los empleados públicos del Instituto para la Economía Social -IPES-, en virtud con lo señalado por el Acuerdo Distrital 276 de 2007, modificado por los Acuerdos Distritales 336 de 2008 y 528 de 2013. Igualmente, la prima de antigüedad procede para los empleados de dicha entidad, conforme lo prevé el artículo 11 de Acuerdo de Junta Directiva 003 de 2007. El reconocimiento por coordinación no aplica para los empleados públicos del Instituto para la Economía Social -IPES-
Reconocimiento por permanencia, prima de antigüedad y reconocimiento por coordinación en el Instituto para la Economía Social - IPES.
El reconocimiento por permanencia es aplicable a los empleados públicos del Instituto para la Economía Social -IPES-, en virtud con lo señalado por el Acuerdo Distrital 276 de 2007, modificado por los Acuerdos Distritales 336 de 2008 y 528 de 2013. Igualmente, la prima de antigüedad procede para los empleados de dicha entidad, conforme lo prevé el artículo 11 de Acuerdo de Junta Directiva 003 de 2007. El reconocimiento por coordinación no aplica para los empleados públicos del Instituto para la Economía Social -IPES-