Jornada Laboral Docencia
Ejercicio de la Docencia por parte de Servidores Públicos.
Ejercicio de la Docencia por parte de Servidores Públicos.
Ejercicio de la Docencia por parte de Servidores Públicos.
Los Servidores y las Servidoras del Distrito capital que ejerzan la Docencia Universitaria, podrán hacerlo con un límite de cinco (5) horas semanales en la Jornada Laboral, siempre y cuando no se afecte el normal cumplimiento de la Función Pública encomendada.
Docencia en horas de trabajo y remuneración.
¿Teniendo el cuenta que el Decreto 190 de 1996, reglamenta la relación Docente Asistencial dentro de los convenios, es viable conceder estímulos de caracter económico a los Funcionarios Asistenciales del Hospital que participen como Docentes dentro de un Convenio?.