Retiro Parcial de Cesantías con destino a pago de matrículas para estudio de los hijos.
El retiro parcial de cesantías con destino a pago de matrículas para estudio de los hijos resulta procedente a la luz de la Ley 1071 de 2006 como quedó señalado, toda vez que contempla textual y específicamente esta situación, y para ello se deberá cumplir con los requisitos previstos en el Decreto 1562 de 2019.

