Más de $5.067 millones en educación: Bogotá impulsa oportunidades con créditos 100% condonables para servidores públicos y sus familias ¡Pronto abriremos inscripciones!

Fecha publicación
Pronto fradec y fedhe

Bogotá le apuesta a la educación como motor de transformación. Más de $5.067 millones serán destinados a créditos educativos 100% condonables a través de los Fondos FRADEC y FEDHE, una oportunidad para que las y los servidores públicos del Distrito y sus familias accedan a programas de educación superior en universidades de todo el país. 

Estos Fondos hacen parte de una estrategia que promueve el acceso a la educación formal en todos los niveles de formación (técnico, tecnológico, profesional y posgrado), fortaleciendo tanto el desarrollo profesional de quienes trabajan al servicio de la ciudad como los proyectos de vida de sus hijos e hijas. 

El Fondo Educativo en Administración de Recursos para Capacitación Educativa de los Empleados Públicos del Distrito Capital – FRADEC, está orientado a financiar la educación formal de las y los servidores públicos mediante créditos 100% condonables por prestación de servicios y mérito académico. 

Para la vigencia 2026, este Fondo cuenta aproximadamente con $2.959 millones, recursos que son aprobados en el Acuerdo Laboral Distrital firmado entre la Administración Distrital y las organizaciones sindicales.  

Este Fondo está dirigido a las y los empleados públicos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción de los niveles asistencial, técnico y profesional de las entidades del Distrito Capital, incluidos el sector salud y los organismos de control. 

Requisitos mínimos de las y los aspirantes a la financiación:  
  1. Ser empleado (a) público con derechos de carrera administrativa en el sistema general o de libre nombramiento y remoción de los niveles asistencial, técnico o profesional que conforman las entidades del Distrito Capital, incluidos los del Sector Salud (Hospitales) y Organismos de Control.  

  1. Estar laborando en el Distrito Capital con derechos de carrera durante mínimo el año inmediatamente anterior a la fecha de apertura de la convocatoria.  

  1. Estar laborando en el Distrito Capital más de 4 años en el mismo cargo y entidad cuando la vinculación corresponda a libre nombramiento y remoción.  

  1. No haber sido sancionado (a) disciplinariamente durante el año inmediatamente anterior a la fecha de apertura de la convocatoria o durante el proceso de selección.  

  1. Estar en el proceso de admisión y/o admitido (a) en una Institución de Educación Superior que se encuentre debidamente autorizada por el Ministerio de Educación Nacional para adelantar Programas Académicos de educación formal, del nivel Técnico Profesional, Tecnológico, Profesional o Posgrado en Colombia. El programa académico deberá estar autorizado en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior -SNIES  

  1. Los beneficiarios (as) de créditos otorgados por parte de los fondos educativos del Distrito Capital, incluyendo el Fondo FRADEC, que condonaron sus obligaciones, tendrán derecho a presentarse nuevamente a este Fondo, beneficiándose hasta una vez más, privilegiando, en todo caso a quienes se benefician por primera vez y teniendo en cuenta la disponibilidad de los recursos del fondo.  

  1. No se podrán recibir beneficios simultáneos provenientes de distintos Fondos educativos de entidades del Distrito Capital, ni incentivos no pecuniarios relacionados con la misma finalidad educativa del presente fondo. Se exceptúan de esta restricción aquellos reconocimientos económicos obtenidos en el marco de Planes de Incentivos Pecuniarios, siempre que se otorguen conforme a la normativa vigente.  

Por su parte, el Fondo Educativo del Distrito para Hijos de Empleados – FEDHE está diseñado para promover el acceso a la educación superior de los hijos e hijas de las y los servidores públicos, mediante créditos educativos 100% condonables. 

Para 2026, este fondo cuenta con una asignación aproximada de $2.108 millones, FEDHE financia programas de pregrado y posgrado en instituciones de educación superior aprobadas por el Ministerio de Educación Nacional, en modalidad presencial, semipresencial o virtual, ampliando las oportunidades educativas para las familias del servicio público. 

Requisitos mínimos de las y los aspirantes a la financiación:  
  1. El padre o madre deberá ser empleado (a) público con derechos de carrera administrativa en el sistema general o de libre nombramiento y remoción de los niveles asistencial, técnico o profesional que conforman las entidades del Distrito Capital, incluidos los del Sector Salud (E.S.E) y Organismos de Control.  

  1. El padre o madre deberá estar laborando en el Distrito Capital con derechos de carrera durante mínimo un (1) año inmediatamente anterior a la fecha de apertura de la convocatoria y su última Evaluación del Desempeño Laboral en firme debe ser con calificación satisfactoria o sobresaliente.  

  1. El padre o madre deberá estar laborando en el Distrito Capital más de 4 años continuos en el mismo cargo y entidad, cuando la vinculación corresponda a libre nombramiento y remoción y su última Evaluación del Desempeño Laboral en firme, debe ser con calificación satisfactoria o sobresaliente.  

  1. El padre o madre y el hijo o hija, en el momento de la convocatoria, no deben ser beneficiarios (as) activos (as) de la financiación otorgada por parte de entidades o fondos educativos del Distrito Capital o alguna otra entidad del orden departamental o nacional, ni de incentivos no pecuniarios relacionados con la misma finalidad educativa del presente fondo. Se exceptúan de esta restricción aquellos reconocimientos económicos obtenidos en el marco de Planes de Incentivos Pecuniarios, siempre que se otorguen conforme a la normativa vigente.  

  1. El o la aspirante debe estar en proceso de admisión y/o admitido (a) en una Institución de Educación Superior que se encuentre autorizada por el Ministerio de Educación Nacional para adelantar Programas Académicos de educación formal, del nivel Técnico Profesional, Tecnológico, Profesional y/o Posgrado. El programa académico deberá estar autorizado en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior -SNIES  

  1. El aspirante a 1er semestre académico debe haber presentado las Pruebas de Estado (Saber 11) Grado 11.  

  1. El aspirante a 2do semestre en pregrado en adelante debe acreditar un promedio de notas igual o mayor a 3,6 en una escala de 1 a 5 o su equivalente, en el último período cursado.  

  1. El aspirante a posgrado debe tener un promedio acumulado en pregrado mínimo de 3.6 en una escala de 1 a 5 o su equivalente. En el evento que se ingrese a un ciclo académico diferente al primero, el promedio del último semestre cursado debe ser de 3,6 en una escala de 1 a 5 o su equivalente.  

  1. Para todos los niveles: Técnico Profesional, Tecnológico, Profesional y Posgrado, el aspirante debe tener hasta 25 años cumplidos a la fecha de aprobación del crédito condonable por parte de la Junta Administradora y demostrar su dependencia económica del/la empleado/a público/a.  

  1. Los demás requisitos especificados en cada convocatoria.  

A través de los Fondos FRADEC y FEDHE, LA Administración del alcalde Carlos Fernando Galán consolida un modelo en el que la educación superior no representa una carga económica, sino una oportunidad real. Al ser créditos 100% condonables, quienes cumplan con las condiciones establecidas podrán acceder a formación de calidad sin asumir deudas, fortaleciendo así el servicio público y el bienestar de las familias en Bogotá. 

¡Muy pronto abriremos las inscripciones! 

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