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Concepto conformación comité de bienestar e incentivos

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Conforme la resolución 388 del 15 de mayo de 2019 “Por medio de la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, se crea el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y se dictan otras disposiciones” expedida por la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá DC, la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 y los conceptos (EE1883 del 29 de julio de 2019) emitidos por el DASCD)¿Es viable que en el Concejo de Bogotá DC, exista el Comité de Bienestar e Incentivos?¿Es pertinente conformar el Comité de Bienestar e Incentivos e indicar sus funciones dentro de una resolución que adopta un plan de vigencia anual, que cambia cada año?, o es más apropiado conformar el Comité mediante acto administrativo independiente?El Equipo Técnico de Gestión de Incentivos ¿podría reemplazar al Comité de Incentivos y Bienestar de la Corporación? ¿Aún sin abarcar el cumplimiento de todas las funciones relacionadas con la formulación, seguimiento y evaluación de los temas de Bienestar, Capacitación e Incentivos?Si en el documento contentivo de formulación del Plan de Bienestar de la Vigencia se establecen los incentivos a otorgar en la misma, ¿Es necesario expedir una resolución que establezca el Plan de Incentivos Anual?

Fecha de expedición de la norma
2021
Tema
ama a bogota
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