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La Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales) señala que no se podrán crear cargos ni proveer vacantes definitivas excepto las generadas por renuncia, licencia, muerte, siempre y cuando dicha provisión sea indispensable para cabal funcionamiento de la administración pública.
Fecha de expedición de la norma
2018