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Reconocimiento por permanencia y Licencia no remunerada

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La licencia no remunerada produce que el tiempo de duración de la misma, deberá ser compensado a fin de completar los 5 años de servicio para el reconocimiento por permanencia. El derecho se continúa causando con posterioridad a la fecha en que el empleado público regrese a sus labores, luego de terminada la licencia.

Fecha de expedición de la norma
2007
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