1. ¿Procede modificación de las fichas de manual de funciones de los empleos Profesional Universitario Código 219 Grado 05 y Técnico Administrativo Código 367 Grado 04, como consecuencia del fallo proferido por el Consejo de Estado, a fin de eliminar los requisitos establecidos en la Resolución 3204 de 2010?
2. ¿Una vez modificadas las fichas del manual de funciones, puede a Entidad proveer los empleos Profesional Universitario Código 219 Grado 05 y Técnico Administrativo Código 367 Grado 04, a fin de desempeñar funciones como instructor en cursos pedagógicos por infracciones de tránsito y apoyar técnicamente los procesos de formación en los cursos pedagógicos por infracciones de tránsito, respectivamente?
3. En caso que la respuesta a los dos interrogantes anteriores sea negativa ¿Qué debe hacer la Secretaría Distrital de Movilidad para proceder con la provisión de estos empleos?”
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Fecha de expedición de la norma
2020
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