Prima Técnica - Normas
¿Cuales son las normas aplicables para efectuar el reconocimiento y pago de la prima técnica en una Empresa Social del Estado?.
¿Cuales son las normas aplicables para efectuar el reconocimiento y pago de la prima técnica en una Empresa Social del Estado?.
Si el cargo que desempeña un Funcionario en calidad de encargado, se encuentra vacante, es viable el reconocimiento de la prima técnica, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos para dicho reconocimiento por la entidad de origen; además, se debe tener en cuenta que la prima técnica no se reconoce de oficio, si no a solicitud de parte.
El incremento de la prima procede cuando los estudios cursados y aprobados por el funcionario, están relacionados con la profesión o desempeño del cargo, además de esto se deberá acreditar la correspondiente certificación, donde conste la intensidad horaria.
Aspectos que se deben incluir en la justificación técnica, para el reconocimiento de la prima técnica.
Obligatoriedad y procedimiento de Empresas Sociales del Estado para el pago de prima técnica de acuerdo a las normas vigentes.
¿Están obligados los hospitales E.S.E a reconocer prima técnica al nivel profesional?
La experiencia en el ejercicio de una profesión en forma independiente, deberá acreditarse aportando las certificaciones de las entidades a quienes se prestó el servicio o constancia de asociaciones gremiales o de tres profesionales del área de formación donde consten las labores realizadas y períodos laborados
Posibilidad de que la Secretaría de Salud pague Prima Técnica a los empleados que se trasladen a esta Secretaría, con jornada de seis (6) horas.
Funcionario competente para reconocer el pago de la prima técnica al Director de una Unidad Administrativa Especial.
Posibilidad de reconocer pago de la Prima Técnica mediante acto administrativo, con fundamento en las disposiciones del Decreto 1661 de 1991 y 2164 de 1991.