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Elementos Salariales

Bonificación por servicios prestados - causación

De conformidad con el artículo 2° del Acuerdo No. 92 del año 2003, para acceder al reconocimiento y pago de la bonificación por servicios prestados, el funcionario público debe acreditar el cumplimiento de un año continuo de labor en una misma entidad del Distrito Capital, este reconocimiento, se liquidará teniendo en cuenta los factores de salario que estuviese devengando el empleado al momento de la causación del derecho a percibirla.

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