Solución de continuidad

Concepto sobre no solución de continuidad y quinquenio.

Opera la solución de no continuidad al desempeñar un cargo asistencial en la Gobernación de Cundinamarca y ganar un cargo asistencial por concurso de mérito en una entidad del Distrito?Específicamente estas entidades aplican el mismo régimen salarial y prestacional?Se tiene derecho al reconocimiento de antigüedad como servidor público, esto con el fin de obtener el quinquenio?

Concepto sobre solución de continuidad para personas que pasa de una entidad del orden Territorial a una del orden Distrital

Un funcionario ingresó a la planta una entidad del Distrito Capital el 12 de enero de 2021, al cargo de Profesional Especializado código 222 grado 05.La persona presentó certificación de solución de continuidad de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, donde consta que laboró desde el 03 de marzo de 2003 hasta el día 11 de enero de 2021.¿Hay o no Solución de Continuidad para este caso?

Concepto sobre la aplicación solución de continuidad por cambio de entidad

Orientación sobre procede la aplicación de la figura de la no solución de continuidad en el caso de un empleado que cambia de un empleo de carrera administrativa de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR y se posesiona en período de prueba para carrera administrativa en una entidad pública distrital y para que conceptos salariales es aplicable.

Concepto sonbre continuidad de las prestaciones sociales por cambio de entidad

Soy funcionario de carrera administrativa, desde hace 10 años en una entidad del Distrito, en virtud de una convocatoria fui nombrada en periodo de prueba en otra entidad también del Distrito, en este momento ya supere mi periodo de prueba y decidí quedarme en la segunda entidad, mi pregunta va dirigida a establecer que como tengo periodos pendientes de vacaciones los mismos pueden ser trasladados a la nueva entidad¨?Lo anterior en el entendido que en el momento no ha existido retiro efectivo del servicio, por lo tanto no deberían liquidarme las prestaciones sociales, ya que entendería como un ascenso en la carrera administrativa.Mis vacaciones pueden ser trasladadas? o me deben liquidar las mismas en la anterior entidad?

Concepto sonbre continuidad de las prestaciones sociales por cambio de entidad

Soy funcionario de carrera administrativa, desde hace 10 años en una entidad del Distrito, en virtud de una convocatoria fui nombrada en periodo de prueba en otra entidad también del Distrito, en este momento ya supere mi periodo de prueba y decidí quedarme en la segunda entidad, mi pregunta va dirigida a establecer que como tengo periodos pendientes de vacaciones los mismos pueden ser trasladados a la nueva entidad¨?Lo anterior en el entendido que en el momento no ha existido retiro efectivo del servicio, por lo tanto no deberían liquidarme las prestaciones sociales, ya que entendería como un ascenso en la carrera administrativa.Mis vacaciones pueden ser trasladadas? o me deben liquidar las mismas en la anterior entidad?

Concepto sobre el disfrute de vacaciones sin solución de continuidad por tránsito entre organismos del Sector

1. Fui nombrado en periodo de prueba en un cargo profesional código 219 grado 8 en una entidad Distrital, tomé posesión del mismo el 2 de enero de 2018.2. Fui encargado de un cargo profesional código 219 grado 18 desde el 1 de diciembre de 2020.3. Fui nombrado en periodo de prueba en un cargo profesional código 219 grado 18 en otra entidad Distrital y tomé posesión del mismo el 5 de abril de 2021.4. Se dio terminación del encargo en que me encontraba del cargo profesional código 219 grado 18 en la entidad anterior, y se declaró la vacancia temporal del cargo profesional código 219 grado 8 del que soy titular actualmente.5. No tuve ni un solo día de desvinculación laboral entre las dos entidades, ambas pertenecientes al sector central de la administración distrital.¿Es viable disfrutar en tiempo de mis periodos de vacaciones causados entre 2019 y 2020 una vez supere el periodo de prueba en entidad en la que me posesioné el 5 de abril del 2021, conforme a mi continuidad del servicio público respecto del tiempo laborado en las 2 entidades distritales?

Concepto sobre solución de continuidad para el reconocimiento y pago de la bonificación por servicios prestados en las entidades del Distrito Capital.

En virtud que he laborado en el distrito como técnico provisional en una entidad distrital del sector descentralizado adscrito, en carrera administrativa en dos entidades una de control y otra de orden central desde el año 2017. ¿Se puede sumar el tiempo laborado en las entidades?

Concepto sobre solución de continuidad para el reconocimiento y pago de la bonificación por servicios prestados en las entidades del Distrito Capital.

En virtud que he laborado en el distrito como técnico provisional en una entidad distrital del sector descentralizado adscrito, en carrera administrativa en dos entidades una de control y otra de orden central desde el año 2017. ¿Se puede sumar el tiempo laborado en las entidades?

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