Estamos renovando nuestro sitio si deseas entrar a la version anterior ingresa aquí

Vacaciones - Disfrute

Vacaciones colectivas

Cuando se concedan vacaciones colectivas, aquellos servidores que no hayan completado el año continuo de servicio autorizarán por escrito al respectivo pagador de la entidad para que, en caso de que su retiro se cause antes de completar el año de labor, se descuente de sus emolumentos y prestaciones el valor recibido por descanso vacacional y prima de vacaciones. 

ama a bogota
Logo Gov.co
Logo marca pais Colombia