Prima de antigüedad - pago
Reconocimiento y pago de la prima de antigüedad a servidores públicos en las entidades de la administración central del Distrito Capital.
Reconocimiento y pago de la prima de antigüedad a servidores públicos en las entidades de la administración central del Distrito Capital.
Reconocimiento y pago de la prima de antigüedad a funcionarios de carrera incorporados a una entidad descentralizada del Distrito.
Tiempo de servicio militar para cómputo de prima de antigüedad.
Procedencia del reconocimiento de la prima de antigüedad mediante vinculación laboral como supernumeraria en la Secretaría Distrital de Hacienda y seguidamente en la planta temporal de la Secretaría Distrital de la Mujer, sin solución de continuidad.
Procedencia o no del reconocimiento de la prima de antigüedad de un funcionario de la Administración Central del Distrito vincuilado a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño.
Procedencia de reconocimiento de prima de antigüedad a servidor que ha pasado por varias entidades del Distrito con vinculaciones en carrera administrativa, provisional y planta temporal sin solución de continuidad.
Servidor público que cuenta con más de catorce años en el sector Central de la administración pública distrital y con un reconocimiento de prima de antiguedad del siete por ciento (7%), solicita se le reconozca y pague el mismo porcentaje en el Instituto Distrital de Turismo.
Marco normativo que rige el pago de la prima técnica de antigüedad para los servidores públicos del Concejo de Bogotá, D.C.
Se consulta si un servidor que pasa de una Empresa Social del Estado a una entidad Distrital tiene derecho a que se le continúe pagando la prima de antigüedad.
Reconocimiento y pago, por concepto de Prima de Antigüedad a funcionarios, que provengan del Concejo de Bogotá, D.C., sin solución de continuidad.