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Fuero Sindical

¿Existe un procedimiento reglado para despedir a un Servidor Público amparado con fuero sindical y con justa causa?

El fuero sindical constituye una garantía de naturaleza constitucional que, en aras de proteger el derecho de asociación y el ejercicio de la actividad sindical, otorga a quien goza de dicha garantía el derecho de no ser despedido, desmejorado en sus condiciones laborales, o trasladado a otro sitio o lugar de trabajo, sin que exista justa causa comprobada, la cual debe ser calificada previamente por el juez laboral.

Fuero sindical de empleados temporales de entidades distritales

1. ¿Los empleados que ocupan cargos en la planta de temporal y que hacen parte de la junta directiva del sindicato, así como los afiliados al sindicato cuentan con fuero sindical?
2. Al terminar la vigencia de la planta temporal, esto es el 30 de junio de 2020, puede la entidad desvincular a los empleados de la planta de temporal, aunque hagan parte de la Junta Directiva del sindicato o estén afiliados al mismo?
3. Si estos funcionarios cuentan con fuero sindical ¿Cuál sería el trámite para terminar su vinculación con la entidad, teniendo en cuenta que la planta temporal terina el treinta (30) de junio de 2020?
4. ¿Si no es pertinente terminar su vinculación por el fuero sindical que ostentan, bajo que figura jurídica quedarían estos empleados vinculados a la identidad, si la planta de empleos de carácter temporal termina el treinta (30) de junio de 2020?
5. Existe alguna norma que obligue a la entidad a mantener vinculados a la entidad a estos empleados, en virtud del fuero sindical y ¿Cuál sería el tiempo de su vinculación en la entidad?

Fuero sindical de empleados temporales de entidades distritales

1. ¿Los empleados que ocupan cargos en la planta de temporal y que hacen parte de la junta directiva del sindicato, así como los afiliados al sindicato cuentan con fuero sindical?
2. Al terminar la vigencia de la planta temporal, esto es el 30 de junio de 2020, puede la entidad desvincular a los empleados de la planta de temporal, aunque hagan parte de la Junta Directiva del sindicato o estén afiliados al mismo?
3. Si estos funcionarios cuentan con fuero sindical ¿Cuál sería el trámite para terminar su vinculación con la entidad, teniendo en cuenta que la planta temporal terina el treinta (30) de junio de 2020?
4. ¿Si no es pertinente terminar su vinculación por el fuero sindical que ostentan, bajo que figura jurídica quedarían estos empleados vinculados a la identidad, si la planta de empleos de carácter temporal termina el treinta (30) de junio de 2020?
5. Existe alguna norma que obligue a la entidad a mantener vinculados a la entidad a estos empleados, en virtud del fuero sindical y ¿Cuál sería el tiempo de su vinculación en la entidad?

Concepto sobre posibilidad de participación de miembros titulares y suplentes de sindicato en las reuniones de los comités de seguimiento a Acuerdos Sindicales

¿Es viable o no la participación de los delegados de los sindicatos tanto principales como suplentes en las reuniones del comité bipartito para hacer el seguimiento y verificación del cumplimiento e implementación de un Acuerdo Colectivo?

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