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Incapacidades

Pago de prestaciones sociales en caso de incapacidad .

El término de la incapacidad no es descontable para efectos del reconocimiento y pago de las prestaciones sociales y en consecuencia, encontrándose el vínculo laboral vigente y hasta el momento de su terminación, el empleador está en la obligación de liquidar y pagar al empleado todas las prestaciones sociales, las cuales se liquidarán sobre el último salario percibido por el trabajador antes del inicio de su incapacidad.

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