Empleo de libre nombramiento y remoción

Concepto sobre nombramiento en empleo de Libre Nombramiento y Remoción

¿Adquiere un servidor público de carrera administrativa, el derecho a ser nombrado en un cargo de libre nombramiento y remoción por haber obtenido calificación sobresaliente?¿En caso afirmativo, ese derecho se debe respetar incluso si el servidor público tiene una inhabilidad debido al parentesco de consanguinidad con el Alcalde Mayor?¿Si existe tal derecho de carrera administrativa a ser nombrado en un cargo de libre nombramiento y remoción, el mismo puede ejercerse indistintamente dentro o fuera de la institución pública a la que pertenece el servidor público?¿Es irrelevante para el régimen de inhabilidades e incompatibilidades que ese derecho a ser nombrado se realice en una entidad diferente a la que pertenece el servidor público?

Concepto sobre si es obligación la asistencia de secretarios y/o delegados a sesiones de Concejo los domingos y festivos

¿Las citaciones del Concejo de Bogotá, D.C., y demás corporaciones de elección popular a los secretarios de despacho, sobre todo cuando los mismos delegan su asistencia en funcionarios del nivel directivo y asesor, son obligatorias cuando las mismas se realizan para ser llevadas a cabo en días domingos y festivos?En caso de que la respuesta sea afirmativa ¿Cuál es el sustento jurídico de dicha obligatoriedad? y ¿desconoce este hecho el derecho a disfrutar del descanso remunerado, en particular el de los días domingos y festivos? Esta última pregunta teniendo en cuenta que estos funcionarios no tienen derecho a descanso compensatorio ni reconocimiento de horas extras.

Concepto sobre si es obligación la asistencia de secretarios y/o delegados a sesiones de Concejo los domingos y festivos

¿Las citaciones del Concejo de Bogotá, D.C., y demás corporaciones de elección popular a los secretarios de despacho, sobre todo cuando los mismos delegan su asistencia en funcionarios del nivel directivo y asesor, son obligatorias cuando las mismas se realizan para ser llevadas a cabo en días domingos y festivos?En caso de que la respuesta sea afirmativa ¿Cuál es el sustento jurídico de dicha obligatoriedad? y ¿desconoce este hecho el derecho a disfrutar del descanso remunerado, en particular el de los días domingos y festivos? Esta última pregunta teniendo en cuenta que estos funcionarios no tienen derecho a descanso compensatorio ni reconocimiento de horas extras.

ama a bogota
Logo Gov.co
Logo marca pais Colombia