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TRABAJADOR OFICIAL

Vinculación laboral.

La  legislación laboral colombiana contempla la existencia de dos grandes formas de vinculación laboral: la contractual, aplicable a trabajadores particulares y trabajadores oficiales y, la legal-reglamentaria, técnicamente conocida, aplicada a los empleados públicos. Mientras que en el primero las estipulaciones laborales surgen de la autonomía de la voluntad y la observancia de la ley, las segundas se encuentran regladas por mandato constitucional y las condiciones laborales se establecen por ley y por decreto, por lo tanto, la unilateralidad es la nota característica de este tipo de relaciones laborales.

Empleados públicos y Trabajadores oficiales - régimen salarial y prestacional.

En una empresa social del estado pueden existir trabajadores oficiales y empleados públicos, lo cual legalmente significa que el régimen jurídico salarial y prestacional es diferente. Mientras los primeros se rigen por el contrato de trabajo y la convención colectiva si la hubiere; los segundos, se rigen por lo que la ley determine. 

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