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TRABAJADOR OFICIAL

Protección legal a los Trabajadores oficiales.

Cuando se realicen los estudios técnicos pertinentes y de estos se desprende la modificación de la planta de personal de la entidad, conllevando a la posible supresión de cargos de trabajadores oficiales, la administración tendrá que observar la normatividad respecto de la protección legal especial que les asiste a algunos trabajadores oficiales, en su condición de aforados, o a las madres cabeza de familia.

Licencia de Luto a trabajadores oficiales.

La Ley 1280 de 2009, no es aplicable, a los empleados públicos; en consecuencia, para efecto del otorgamiento de permisos cuando medie justa causa, se aplicará en lo pertinente el artículo 74 del Decreto 1950 de 173, en el entendido  que la justa causa, en los términos de la ley y la doctrina no se circunscibe solamente a las calamidades domésticas,sino a toda circunstancia que amerite la ausencia del empleado que le impide física o moralmente asistir al trabajo.

Unos funcionarios de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción fueron galardonados en la II Gala de Reconocimiento a la labor, como mejores funcionarios de la entidad en cada nivel, en el periodo 1 de febrero de 2016 a 31 de enero de 2017.

¿Es obligatorio o facultativo que durante el período de suspensión del contrato de trabajo se descuente dicho tiempo por parte del empleador del cómputo de los períodos necesarios para ciertas prestaciones como vacaciones, auxilios de cesantía y pensiones de jubilación? ¿Cómo debe justificar la administración su actuación, en caso de tratarse de una decisión discrecional?

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