Concepto sobre provisión de empleos de carrera
Revisando la planta de empleos de una entidad Distrital y los cargos de carrera, se cuenta con un empleo de Auxiliar de Servicios Generales, Código 470, Grado 01. En la actualidad el cargo se encuentra vacante, en razón a que la persona que lo ocupaba cumplió los requisitos para la pensión de vejez.Conforme a lo anterior, solicito se conceptúe si procede el nombramiento en provisionalidad para el mencionado empleo, teniendo en cuenta que a la fecha el empleo no ha sido ofertado para concurso.De no proceder el nombramiento en provisionalidad, ¿Cuál es el mecanismo para proveer el empleo y, si existe alguna disposición especial, para convocar a concurso de méritos para su provisión?