Planta de personal

Supresión de Cargos Protección Legal .

Cuando se realicen los estudios técnicos pertinentes y de estos se desprende la Modificación de la Planta de Personal de la Entidad, conllevando a la posible Supresión de Cargos de Trabajadores Oficiales, la Administración tendrá que observar la normatividad respecto de la protección legal especial que les asiste a algunos Trabajadores Oficiales, en su condición de Aforados, o a las Madres Cabeza de Familia.

Modificación Planta de Empleos del Distrito.

Para todas las Entidades y Organismos Distritales,la modificación de las Plantas de Empleos Permanentes o Temporales, Estructuras Organizacionales, Vinculación de Supernumerarios, deberán contar con el concepto técnico favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. Se exceptúan las Plantas de Empleos de los Docentes de la Secretaría de Educación Distrital y la Universidad Distrital.

Contratación de pensionados y cotización al Sistema General de Pensiones.

Cuando un pensionado se reincorpora a la vida laboral en el sector público, ya sea en un empleo de carrera administrativa, libre nombramiento y remoción o contratista, si la pensión de vejez o de invalidez la paga una entidad de naturaleza pública, se deberá solicitar la suspensión de la misma con el fin de no incurrir en la prohibición
contemplada en el artículo 128 de la Constitución Política.

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