Situaciones Administrativas
Situaciones Administrativas - entorno legal
Entorno legal de las situaciones administrativas.
Suspensión por detención preventiva
En caso que el funcionario obtenga medida de aseguramiento de detención preventiva domiciliaria, no es procedente la autorización de pago de los salarios correspondientes al tiempo que dure tal medida, toda vez que la misma, por ser considerada caso de fuerza mayor, constituye falta temporal que al tenor del artículo 261 de la Constitución Nacional, debe ser provista de manera inmediata.
Situaciones administrativas
¿Es procedente el nombramiento de un supernumerario para hacer un reemplazo por licencia de maternidad?
Suspensión en el ejercicio del cargo de concejal.
No existe disposición alguna que ordene hacer extensiva a los subalternos de un servidor público la sanción impuesta a este, y menos aún si se tiene en cuenta que la sanciones se imponen previo agotamiento de un procedimiento administrativo, cuya finalidad es determinar la responsabilidad individual de las personas que hayan participado en la comisión de la falta de que se trate.
Aplicabilidad de las situaciones administrativas.
¿Qué situación administrativa, se aplica (encargo, comisión de servicios) a un funcionario que desempeña el empleo de Jefe de oficina en una entidad, para que asuma de manera temporal, las funciones de un cargo de nivel directivo en otra entidad y mientras dure la incapacidad de la titular?.
Pago de salarios en caso de suspensión.
Se consulta si después de terminada una investigación donde el funcionario es exonerado, la entidad debe reintegrarlo por orden de quien lo suspendió y quién responde por la cancelación de los salarios dejados de pagar, teniendo en cuenta que durante la suspensión hubo un encargado que devengó el salario del empleado suspendido.
Situaciones Administrativas - Aplicación de la Ley de Garantías Electorales en la Prestación del Servicio Educativo a los niños.
La Secretaría de Educación del Distrito ha celebrado contratos de aprendizaje, para apoyar y fortalecer a las instituciones educativas distritales, vinculando aprendices del SENA; para el año 2018 se requiere continuar con la figura de contratos de aprendizaje para jóvenes del SENA. ¿Está enmarcado el contrato de aprendizaje dentro de las prohibiciones que establece la Ley 996 de 2005 o se considera que los mismos no son afectados por esta normativa?
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