Reconocimiento por permanencia para empleados temporales
Los empleados temporales tienen derecho al reconocimiento y pago del reconocimiento por permanencia, siempre y cuando cumplan los requisitos previstos en las disposisiones legales vigentes.
Los empleados temporales tienen derecho al reconocimiento y pago del reconocimiento por permanencia, siempre y cuando cumplan los requisitos previstos en las disposisiones legales vigentes.
Reconocimiento por permanencia de provisional a período de prueba para carrera administrativa.
Requisitos para acceder al pago del reconocimiento por permanencia.
¿Cuál es el máximo de días de incapacidad posibles para conservar el derecho de reconocimiento por permanencia?
¿Para el reconocimiento por permanencia y la prima de antigüedad es computable el tiempo laborado en calidad de supernumerario y en provisionalidad en diferentes entidades del Distrito?
Cuando un funcionario solicita una licencia no remunerada por determinado periodo, no pierde la continuidad en el tiempo para efectos del reconocimiento por permanencia.
El empleado público tendrá derecho a los pagos por reconocimiento por permanencia siempre y cuando no haya sido sancionado disciplinariamente con destitución o suspensión en el ejercicio del cargo.
Aplicación de la no solución de continuidad al reconocimiento por permanencia.
El reconocimiento por permanencia no aplica para entidades públicas que se encuentren vinculadas en empresas industriales y comerciales del Distrito Capital.
Procedimiento para la aplicación, liquidación y pago del Reconocimiento por Permanencia.