Estamos renovando nuestro sitio si deseas entrar a la version anterior ingresa aquí

Prima semestral - Prima de servicios

Prima de navidad y prima de servicios como base para pago de parafiscales a los empleados públicos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño.

La prima de navidad ha sido determinada como una prestación social y no es considerada como salario a la luz del pronunciamiento emanado por la Corte Constitucional en Sentencia C-521 de 1995; en consecuencia, no corresponde a los elementos que deben tenerse como base de liquidación para el cálculo y pago de aportes parafiscales.Por su parte,  el régimen salarial establecido para los empleados públicos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, establece una prima semestral regulada por el Acuerdo Junta Directiva 007 del 21 de octubre de 2004, la cual debe tenerse en cuenta como base de liquidación para el cálculo y pago de aportes parafiscales, en razón a que se trata de un elemento salarial.

Prima de navidad y prima de servicios como base para pago de parafiscales a los empleados públicos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño.

La prima de navidad ha sido determinada como una prestación social y no es considerada como salario a la luz del pronunciamiento emanado por la Corte Constitucional en Sentencia C-521 de 1995; en consecuencia, no corresponde a los elementos que deben tenerse como base de liquidación para el cálculo y pago de aportes parafiscales.Por su parte,  el régimen salarial establecido para los empleados públicos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, establece una prima semestral regulada por el Acuerdo Junta Directiva 007 del 21 de octubre de 2004, la cual debe tenerse en cuenta como base de liquidación para el cálculo y pago de aportes parafiscales, en razón a que se trata de un elemento salarial.

Pago de Prima Semestral y Prima de Antigüedad a empleado de carrera Sector Descentralizado en período de prueba en el Sector Central

Es legal y procedente o no, el reconocimiento de la prima de antigüedad por haber adquirido los derechos debidamente a lo largo de este tiempo de servicio en entidades del Distrito Capital, que dependen administrativamente del empleador principal que es la Alcaldía Mayor.
De otra parte, también solicito que se me informe como deberá ser el manejo del reconocimiento de las seis sextas partes correspondiente a la prima semestral, a la cual es claro que tengo derecho por no haber existido ninguna interrupción en la prestación de mis servicios, durante este semestre.”

Pago de Prima Semestral y Prima de Antigüedad a empleado de carrera Sector Descentralizado en período de prueba en el Sector Central

Es legal y procedente o no, el reconocimiento de la prima de antigüedad por haber adquirido los derechos debidamente a lo largo de este tiempo de servicio en entidades del Distrito Capital, que dependen administrativamente del empleador principal que es la Alcaldía Mayor.
De otra parte, también solicito que se me informe como deberá ser el manejo del reconocimiento de las seis sextas partes correspondiente a la prima semestral, a la cual es claro que tengo derecho por no haber existido ninguna interrupción en la prestación de mis servicios, durante este semestre.”

ama a bogota
Logo Gov.co
Logo marca pais Colombia