Prima semestral - Prima de servicios
CONCEPTO APLICABILIDAD DEC. 1498 DE 2022 PRIMA DE ANTIGUEDAD Y PRIMA SEMESTRAL
Teniendo en cuenta lo anterior, solicitamos respuesta a los siguientes planteamientos:
1. ¿Cómo se debe aplicar el decreto para los servidores que traían una antigüedad en otras entidades
distritales, con anterioridad a la entrada en vigencia del decreto?
2. Si un servidor público ingresó al Instituto el 01 de octubre de 2018 y traía una antigüedad con la
Secretaria Distrital de Hacienda desde el 2009 hasta el 2018, sin solución de continuidad. ¿Qué
porcentaje se debe aplicar el 3% o el 5 %?
APLICACIÓN DECRETO 1498 DE 2022
“1.¿El IDRD debe continuar tomando la prima técnica como factor de liquidación de la Bonificación Distrital por Servicios, de acuerdo con lo previsto en la Resolución No.004 de 2014 e inciso 2 del artículo 17 transitorio del Decreto 1498 de 2022?
2. ¿El IDRD debe continuar teniendo en cuenta la bonificación por servicios como factor de liquidación para la Prima Semestral Distrital, en aplicación a lo preceptuado en el inciso 2 del artículo 17 transitorio del Decreto 1498 de 2022?
PRIMA SEMESTRAL ART. 6 LEY 1498 DE 2022
Aplicabilidad de la Ley 1498 de 2022 IDPYBA
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