Derechos de Carrera
Derechos de Carrera para los empleos de la Planta Global de Personal del Hospital Santa Clara III Nivel ESE y la Planta de Empleos de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente
Derechos de Carrera para los empleos de la Planta Global de Personal del Hospital Santa Clara III Nivel ESE y la Planta de Empleos de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente
Bomberos - Bogotá cuenta con 50 vacantes para proveer en el empleo de bombero, y las cuales son necesarias para garantizar la prestación del servicio para el Distrito Capital, de acuerdo a la Planta de Personal no hay ningún servidor de carrera administrativa que cumpla, de acuerdo a lo anterior surgen dos preguntas:
¿El nominador de la Entidad puede proveer mediante nombramiento provisional esos empleos, teniendo en cuenta las necesidades del servicio?
¿Dicha provisión requiere de una convocatoria previa o simplemente el nominador puede seleccionar personas que cumplan con los requisitos determinados en el manual de funciones?.
El empleado público que mediante concurso accedió a otro empleo de carrera, tiene la posibilidad de renunciar a éste, para reintegrarse a su cargo anterior; es decir; al cargo frente al cual ostenta derechos de carrera.
Los funcionarios públicos de las Empresas Sociales del Estado que prestan Servicios Asistenciales de Salud, puedan suscribir contratos de prestación de servicios que tengan también por objeto la prestación de servicios asistenciales, con la misma entidad donde laboren o con otra Entidad Estatal, siempre y cuando se respeten los parámetros que determina la norma.
Términos para que los funcionarios vinculados por lista de elegibles obtengan Registro Público en Carrera Administrativa.
¿Qué ocurre con los empleados de carrera que han venido desempeñando empleos temporales y desean acceder a un encargo?
¿El cargo Profesional Universitario 2019, grado 19 de la Subred al intenor de la Dirección Financiera, es un cargo de libre nombramiento y remoción, conforme al definido en el artículo 5° de la Ley 909 de 2004 y normas complementanas. De no ser así un cargo de los allí regulados, ¿qué empleo es?
No existe definición de cargo base, la entidad por necesidades del servicio puede asignar el cargo a cualquiera de las dependencias donde se reunan los requisitos para ejercerlo.
La entidad no debe realizar ningun otro acto administrativo de nonbramiento cuando la persona haya obtenido una calificación satisfactoria pues continua en el cargo en el cual fue bombrado en periodo de prueba y adquiere los derechos de carrera administrativa.
El empleado público inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, que haya sido elegido mediante un proceso de selección 0 concurso de mérito, será nombrado en período de prueba, por el término de seis (6) meses y una vez, aprobado dicho período al obtener evaluación satisfactoria, se le actualizará su inscripción en el Registro Público. De lo contrario regresará al empleo que venía desempeñando antes del concurso y conservará su inscripción en la carrera administrativa.