Estabilidad Laboral Reforzada Pensión
La estabilidad laboral reforzada no aplica como criterio para prorrogar la vinculación temporal, hasta alcanzar el derecho a la pensión.
La estabilidad laboral reforzada no aplica como criterio para prorrogar la vinculación temporal, hasta alcanzar el derecho a la pensión.
La estabilidad laboral reforzada en caso de incapacidad laboral o durante un tratamiento médico es temporal y condicionada a la vigencia de la incapacidad o del tratamiento médico.
Las condiciones particulares relacionadas la persona que se encuentra próxima a pensionarse, son circunstancias que deben ser valoradas por la autoridad administrativa competente para la toma de la decisión sobre su posible desvinculación, ante la existencia de listas de elegibles, para lo cual se deben observar las disposiciones de protección constitucional previamente señaladas, como las medidas afirmativas según lo ha orientado la jurisprudencia nacional.
Estabilidad laboral reforzada de los funcionarios que ocupan cargos de carrera administrativa, en provisionalidad, en condición de prepensionado y/o madre/padre cabeza de familia.
En caso de que el "Retén Social y/o estabilidad laboral reforzada" aplique para los trabajadores oficiales que tengan vigente la cláusula de plazo presuntivo en su contrato ¿Estos podrán ser desvinculados de la entidad si se les aplica el plazo presuntivo al culminar sus seis meses de contrato ó podrán ser cobijados con este Retén Social?.
La causación del derecho a la pensión es particular y concreto, y se otorga cuando el funcionario cumple con la totalidad de los requisitos que contemplan las normas vigentes que le permitan al servidor gozar del derecho a la pensión, circunstancias estas que deben ser valoradas por la autoridad competente, de acuerdo con el régimen en el que se encuentre inmerso el funcionario.
Pese a la potestad de desvincular a los funcionarios públicos nombrados en provisionalidad en un cargo de carrera, para no vulnerar los derechos fundamentales de aquellas personas que están en condición de vulnerabilidad deben observarse unos requisitos propios de la estabilidad relativa o intermedia de que son titulares, entre ellos (1) la adopción de medidas de acción afirmativa tendientes a proteger efectivamente el especial contexto de las personas vinculadas en provisionalidad, y (II) la motivación del acto administrativo de desvinculación.
Para obtener la estabilidad laboral en el caso de una persona con limitación física o mental, se debe obtener el dictamen de calificación del equipo interdisciplinario de calificación de invalidez de la Empresa Promotora de Salud, EPS, o administradora de Riesgos Laborales, ARL, a la cual esté afiliado el funcionario. De no existir este organismo, se puede radicar la correspondiente certificación ante el jefe de personal o quien haga sus veces, quien podrá solicitar, la verificación de la valoración presentada a las Juntas de Calificación de Invalidez.
Teniendo en cuenta la potestad quye tienen las entidades de desvincular a los funcionarios públicos nombrados en provisionalidad en un cargo de carrera, para no vulnerar los derechos fundamentales de aquellas personas que están en condición de vulnerabilidad deben observarse unos requisitos propios de la estabilidad relativa o intermedia de que son titulares.
¿Es posible que el Concejo de Bogotá D C , pueda garantizar la permanencia de aquellos funcionanos que estando en Encargo adquieran el estatus de Pre-pensionados?