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Bienestar

Otorgamiento de incentivos.

Unos funcionarios de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción fueron galardonados en la II Gala de Reconocimiento a la labor, como mejores funcionarios de la entidad en cada nivel, en el periodo 1 de febrero de 2016 a 31 de enero de 2017. ¿A estos funcionarios se les pueden otorgar los incentivos no pecuniarios que tiene previstos la entidad o la entidad puede hacer otra selección y elegir unos nuevos funcionarios para otorgarles estos incentivos?

Capacitaciones y permisos compensados.

¿Que diferencia existe en cuanto a los beneficios otorgados por las entidades en cuanto a capacitación, bienestar y desarrollo para los empleados inscritos en Carrera Administrativa y los que nos encontramos en periodo de prueba, así mismo, aclarar si es permitido compensar tiempo para acceder a la posibilidad del descanso compensado establecido en el Decreto 648 de 2017, artículo 2.2.5.5.51 Descanso compensado?

Disfrute de programas de bienestar en periodo de prueba en otra entidad del distrito.

Teniendo en cuenta que se me hizo un nombramiento en periodo de prueba en otra entidad del distrito, por lo que se declaró vacancia temporal en la entidad origen, la consulta va dirigida a establecer si dado que entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2018 no recibí ningún beneficio del programa de bienestar, ¿ahora que me encuentro en la situación descrita, tengo derecho a que la entidad origen me reconozca los beneficios del mencionado programa?

Seminarios y congresos nacionales e internacionales no incluidos dentro del plan de capacitaciones.

¿Es legal o aceptado que funcionarios de planta de la entidad puedan tomar seminarios internacionales, que no estaban previamente programados en el Plan de Capacitación, entre otras razones, porque no se conocía de su oferta, o es necesario modificar previamente el plan de capacitación?

Reconocimiento de la jornada familiar del segundo semestre de 2017 y el primer y segundo semestre de 2018.

Procedimiento a seguir para que le sea reconocida la jornada para compartir con la
familia de que trata la Ley 1857 de 2017 para el segundo semestre de 2017 y el
primer y segundo semestre de 2018, toda vez que su empleador no ha establecido
las condiciones para acceder al disfrute de este beneficio.

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